Adelantamos el texto del proyecto de ley que establece principios y derechos sobre la equidad de género en el ámbito laboral, a la vez que modifica la ley de contrato de trabajo e incorpora nuevas licencias especiales.
Entre los principales puntos de la iniciativa, se destacan:
Igualdad de género en el trabajo:
Se garantiza la equidad de género y la igualdad de oportunidades en todos los aspectos de la vida laboral, incorporándose a la ley de contrato de trabajo, donde se hace hincapié en la igualdad frente al salario, para efectuar trabajos fuera del establecimiento o teletrabajo, y ante tareas penosas, peligrosas o insalubres.
Códigos de conducta:
Se establecen diferentes medidas para que los empleadores y las entidades sindicales instituyan normas de conducta para garantizar el respeto a la igualdad de género en el interior de las organizaciones.
Licencias especiales:
- Licencia por nacimiento: se destaca el incremento de la licencia parental a 15 días corridos, contemplando también la adopción, pudiendo ampliarse 10 días más en caso de nacimiento o adopción múltiple.
El texto aclara que estos plazos se aplican también a la trabajadora que no haya gestado al hijo. - Adopción: se incorpora una licencia de 2 días, con un máximo de 10 días por año, para realizar los trámites de adopción.
- Unión convivencial: se asimila la unión convivencial con el matrimonio, como supuesto de licencia, en consonancia con lo dispuesto en el Código Civil y Comercial. Similar adecuación se efectúa para el caso del fallecimiento del conviviente.
- Reproducción asistida: se incorpora una licencia de 5 días al año para someterse a técnicas y procedimientos de reproducción médicamente asistida.
- Licencia sin goce de sueldo: se crea una licencia sin goce de sueldo de 30 días y se incluye una licencia por violencia de género de hasta 10 días corridos por año.
Jornada reducida para la madre:
Se prevé la posibilidad de que la trabajadora que se reintegra a su puesto laboral luego de la licencia por maternidad pueda optar por una jornada laboral con menor carga horaria, por un plazo no superior a 6 meses.